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Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano


ORDENANZA N°: 733/1997

EXPEDIENTE N°: 1511/HCD/1997


TESTIMONIO

El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º. –Realice el Departamento Ejecutivo la apertura de un Registro de
Usuario del agua subterránea y superficial para riego en el distrito de San Cayetano.

Artículo 2º. –El Registro se encontrará a disposición de los usuarios en la
Secretaría Técnica de la Municipalidad.

Artículo 3º. –En dicho Registro se deberá indicar: a) Propietario. b) Ubicación
catastral del bien. c) Cantidad de pozos y bombas. d) Capacidad de extracción de la bomba. e) Cursos de aguas del que se extrae. f) Profundidad de extracción.

Artículo 4º. –Dése un plazo de sesenta (60) días a partir de su publicación en el
Boletín Oficial a productores, para efectuar la inscripción en el Registro. La declaración que realiza los usuarios tendrá el valor de declaración jurada.

Artículo 5º. –Toda obra detectada que no haya sido declarada será considerada
clandestina y será pasible sus responsables de las sanciones correspondientes.

Artículo 6º. –Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dese al Registro Oficial y
cumplido. –ARCHÍVESE.

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE. 


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Tel-fax: +54 (2983) 470000 / 001 | E-mail: [email protected]
Av. San Martín 439 1° piso| San Cayetano (7521) - Pcia. de Buenos Aires - Argentina


Impreso desde el sitio: http://www.hcdsancayetano.gob.ar/imprimir.php?id=946