Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano |
ORDENANZA N°: 733/1997EXPEDIENTE N°: 1511/HCD/1997TESTIMONIO El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA ArtÃculo 1º. âRealice el Departamento Ejecutivo la apertura de un Registro de Usuario del agua subterránea y superficial para riego en el distrito de San Cayetano. ArtÃculo 2º. âEl Registro se encontrará a disposición de los usuarios en la SecretarÃa Técnica de la Municipalidad. ArtÃculo 3º. âEn dicho Registro se deberá indicar: a) Propietario. b) Ubicación catastral del bien. c) Cantidad de pozos y bombas. d) Capacidad de extracción de la bomba. e) Cursos de aguas del que se extrae. f) Profundidad de extracción. ArtÃculo 4º. âDése un plazo de sesenta (60) dÃas a partir de su publicación en el BoletÃn Oficial a productores, para efectuar la inscripción en el Registro. La declaración que realiza los usuarios tendrá el valor de declaración jurada. ArtÃculo 5º. âToda obra detectada que no haya sido declarada será considerada clandestina y será pasible sus responsables de las sanciones correspondientes. ArtÃculo 6º. âComunÃquese al Departamento Ejecutivo, dese al Registro Oficial y cumplido. âARCHÃVESE. DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS SIETE DÃAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE. |
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