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Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano


ORDENANZA N°: 475

EXPEDIENTE N°: 914/D/1992


TESTIMONIO

El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º. –Autorízase el convenio firmado por el Señor Intendente Municipal en
representación de la Municipalidad de San Cayetano, con el Instituto de la Vivienda, para la construcción de seis viviendas, de un mínimo de 35 m2.m de superficie cubierta, denominado PLAN CUIDEMOS A LOS ABUELOS, en el marco del Decreto Ley 9104 y sujeción a la Resolución I.V.B.A. Nº 1519/85, y sus modificatorias. Estas viviendas se entregarán en Comodato a los beneficiarios que el Municipio disponga, debiendo mantener éste criterio a lo largo del tiempo. Esta obra tendrá un aporte financiero, por parte del Instituto de la Vivienda de $ 40.074, 84 a valores del mes de Mayo de 1992.

Artículo 2º. –Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial y
cumplido. –ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS. 
(La presente Ordenanza incluye Anexos)

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Av. San Martín 439 1° piso| San Cayetano (7521) - Pcia. de Buenos Aires - Argentina


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