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Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano


ORDENANZA N°: 219

EXPEDIENTE N°: 255/D/1988


TESTIMONIO

El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º. –Autorízase a la Cooperativa de Provisión de Servicios Eléctricos,
Otros Servicios Públicos, de Servicios Sociales, Crédito y Vivienda Limitada de San Cayetano, a incrementar las tarifas eléctricas en un 13,31% (Trece por ciento c/31), para el facturado del mes de abril/88.

Artículo 2º. –Las tarifas aplicables en el facturado del mes de abril/88, con el
13,31% de incremento serán las siguientes:

RESIDENCIAL A 0,4572 Kwh.
COMERCIO E INDUSTRIA A 0,5244 Kwh.
OFICIAL A 0,5244 Kwh.
HOSPITAL, HOGAR DE ANCIANOS
Y BOMBEROS A 0,1143 Kwh.
RURALES A 0,4572 Kwh.
ALUMBRADO PÚBLICO A 0,3762 Kwh.

MÍNIMO RESIDENCIAL ..........................10 Kwh.
MÍNIMO COMERCIO E INDUSTRIA........20 Kwh.

Artículo 3º. –Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a la Cooperativa de
Provisión de Servicios Eléctricos, Otros Servicios Públicos, de Servicios Sociales, Crédito y Vivienda Limitada de San Cayetano, dése al Registro Oficial y cumplida. –ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS DOS DÍAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO. 


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