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Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano


ORDENANZA N°: 263

EXPEDIENTE N°: 255/D/1988


TESTIMONIO

El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º. –Autorízase a la Cooperativa de Provisión de Servicios Eléctricos,
Otros Servicios Públicos, de Servicios Sociales, Crédito y Vivienda Limitada de San Cayetano a incrementar las tarifas eléctricas en un 8,63% a partir del 1º de noviembre de 1988.

Artículo 2º. –Las tarifas aplicables en el facturado del mes de noviembre/88, con
el incremento del 8,63% serán las siguientes:

RESIDENCIAL A 1,6140 Kwh.
COMERCIO E INDUSTRIA A 1,8510 Kwh.
OFICIAL A 1,8510 Kwh.
HOSPITAL, HOGAR DE ANCIANOS
Y BOMBEROS A 0,4033 Kwh.
RURAL A 1,6140 Kwh.
ALUMBRADO PÚBLICO A 1,3280 Kwh.

MÍNIMO RESIDENCIAL ..........................10 Kwh.
MÍNIMO COMERCIO E INDUSTRIA........20 Kwh.

Artículo 3º. –Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a la Cooperativa de
Provisión de Servicios Eléctricos, Otros Servicios Públicos, de Servicios Sociales, Crédito y Vivienda Limitada de San Cayetano, dése al Registro Oficial y cumplido. –ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO. 


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