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Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano


ORDENANZA N°: 257

EXPEDIENTE N°: 451/D/1988


TESTIMONIO

El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º. –Autorízase al Departamento Ejecutivo, a firmar con la Subsecretaría
del Menor, la Familia y la Tercera Edad del Ministerio de Acción Social de la Provincia de Buenos Aires, un convenio de Becas, por tres (3) vacantes, para ser ocupadas por personas de ambos sexos, en un todo de acuerdo al convenio que como ANEXO I, forma parte de la presente.

Artículo 2º. –Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial y
cumplido. –ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO. 
(La presente Ordenanza incluye un Anexo)

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Tel-fax: +54 (2983) 470000 / 001 | E-mail: [email protected]
Av. San Martín 439 1° piso| San Cayetano (7521) - Pcia. de Buenos Aires - Argentina


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