Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano |
ORDENANZA N°: 220EXPEDIENTE N°: 407/D/1988TESTIMONIO El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA ArtÃculo 1º. âAutorÃzase al Departamento Ejecutivo a contratar con el Banco de la Provincia de Buenos Aires, un empréstito por la suma A 500.000.-(Quinientos mil) cancelable en el plazo de seis (6) años mediante once (11) amortizaciones semestrales crecientes de acuerdo a la siguiente proporción: PRIMERA CUOTA: a los 12 meses: 4% SEGUNDA CUOTA: a los 18 meses: 5% TERCERA CUOTA: a los 24 meses: 6% CUARTA CUOTA: a los 30 meses: 7% QUINTA CUOTA: a los 236 meses: 8% SEXTA CUOTA: a los 42 meses: 9% SÃPTIMA CUOTA: a los 48 meses: 10% OCTAVA CUOTA: a los 54 meses: 11% NOVENA CUOTA: a los 60 meses: 12% DÃCIMA CUOTA: a los 66 meses: 13% UNDÃCIMA CUOTA: a los 72 meses: 15%, con más un interés anual reajustable del 24%. ArtÃculo 2º. âEl monto citado del empréstito será destinado a OBRAS DE INFRAESTRUCTURA E INTERÃS PÃBLICO, acorde a los lineamientos de la Ordenanza General Nº 40/69 y modificatoria Nº 213/77. ArtÃculo 3º. âEl Departamento Ejecutivo, deberá prever en los Presupuestos futuros las partidas necesarias para atender los servicios del préstamo hasta su total cancelación. ArtÃculo 4º. âEn garantÃa del fiel cumplimiento del compromiso que se contrae, la Municipalidad declara afectados los ingresos provenientes del régimen de coparticipación Ley Nº 10.559. ArtÃculo 5º. âComunÃquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial y cumplido.-ARCHÃVESE. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS CUATRO DÃAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO. |
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