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Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano


ORDENANZA N°: 1.889/2010

EXPEDIENTE N°: 5035/FPV-PJ/2010


TESTIMONIO
VISTO: ---------El importante crecimiento que ha experimentado en los últimos años la edificación urbana en Balneario San Cayetano, y:
CONSIDERANDO: ---------Que la seguridad es un factor fundamental para alentar el crecimiento y la confianza de la población estable o transitoria, y de todos aquellos que han pensado invertir en ese lugar.
---------Que paulatinamente se viene produciendo un aumento habitacional.
---------Que la edificación urbana asciende aproximadamente a 150 viviendas, muchas de ellas sin ocupantes durante gran parte del año, lo que supone un alto riesgo de robo.
---------Que por sus características naturales, la Villa recibe anualmente una importante cantidad de turistas, lo que implica la necesidad de un mayor control policial.
---------Que la seguridad en la mayor parte del año, dependen de la acción de un solo agente policial, que no puede estar en funciones las 24 horas del día y que debe tomar sus francos semanales, lo que no cubre las expectativas ni las necesidades reales del lugar.
---------Que durante el gobierno anterior se iniciaron gestiones para elevar el puesto policial al Rango de Destacamento, según Expediente 21100-209168/02.
POR TODO ELLO:
---------El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente:
COMUNICACIÓN
Artículo 1º. –Solicitar al Departamento Ejecutivo que informe a este Concejo, -------------------sobre el estado del trámite ante el Ministerio de Seguridad, según Expediente 21100-209168/02 donde se solicita elevar al Rango de “Destacamento” el puesto policial ubicado en Balneario San Cayetano, visto el crecimiento sostenido que se advierte en el lugar, en salvaguarda de la seguridad de la población y resguardo de la propiedad privada.----------------------------------------
Artículo 2º. –Elévese copia de la presente a la Estación Comunal de Policía, y al ------------------Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, y a la Comisión de Fomento del Balneario.--------------------------------------------------------------
Artículo 3º. –Los vistos y considerandos forman parte de la presente.-----------------
Artículo 4º. –Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dese al Registro Oficial y -------------------cumplido. –ARCHÍVESE.----------------------------------------------------------
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.--------------------------------------------------------------
COMUNICACIÓN Nº 55/2010



4994/D/2010 TESTIMONIO
El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º. –Apruébese el préstamo reintegrable, en los términos de la ---------------------Ordenanza Nº 1.371/2006 del Programa Social de Préstamo Reintegrable para Conexión de Obra Gas Natural (PROSOGA), a los siguientes beneficiarios:
01.-LÓPEZ, Mario Ángel
Artículo 2º. –En todos los casos y no existiendo objeción de la Secretaría Técnica ------------------Municipal, se otorgará el préstamo reintegrable por el monto del presupuesto menor.----------------------------------------------------------------------------------
Artículo 3º. –Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dese al Registro Oficial y ------------------cumplido. –ARCHÍVESE.-----------------------------------------------------------
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-------------------------------------------------------------- 


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Tel-fax: +54 (2983) 470000 / 001 | E-mail: [email protected]
Av. San Martín 439 1° piso| San Cayetano (7521) - Pcia. de Buenos Aires - Argentina


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