Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano |
ORDENANZA N°: 1.889/2010EXPEDIENTE N°: 5035/FPV-PJ/2010TESTIMONIO VISTO: ---------El importante crecimiento que ha experimentado en los últimos años la edificación urbana en Balneario San Cayetano, y: CONSIDERANDO: ---------Que la seguridad es un factor fundamental para alentar el crecimiento y la confianza de la población estable o transitoria, y de todos aquellos que han pensado invertir en ese lugar. ---------Que paulatinamente se viene produciendo un aumento habitacional. ---------Que la edificación urbana asciende aproximadamente a 150 viviendas, muchas de ellas sin ocupantes durante gran parte del año, lo que supone un alto riesgo de robo. ---------Que por sus caracterÃsticas naturales, la Villa recibe anualmente una importante cantidad de turistas, lo que implica la necesidad de un mayor control policial. ---------Que la seguridad en la mayor parte del año, dependen de la acción de un solo agente policial, que no puede estar en funciones las 24 horas del dÃa y que debe tomar sus francos semanales, lo que no cubre las expectativas ni las necesidades reales del lugar. ---------Que durante el gobierno anterior se iniciaron gestiones para elevar el puesto policial al Rango de Destacamento, según Expediente 21100-209168/02. POR TODO ELLO: ---------El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente: COMUNICACIÃN ArtÃculo 1º. âSolicitar al Departamento Ejecutivo que informe a este Concejo, -------------------sobre el estado del trámite ante el Ministerio de Seguridad, según Expediente 21100-209168/02 donde se solicita elevar al Rango de âDestacamentoâ el puesto policial ubicado en Balneario San Cayetano, visto el crecimiento sostenido que se advierte en el lugar, en salvaguarda de la seguridad de la población y resguardo de la propiedad privada.---------------------------------------- ArtÃculo 2º. âElévese copia de la presente a la Estación Comunal de PolicÃa, y al ------------------Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, y a la Comisión de Fomento del Balneario.-------------------------------------------------------------- ArtÃculo 3º. âLos vistos y considerandos forman parte de la presente.----------------- ArtÃculo 4º. âComunÃquese al Departamento Ejecutivo, dese al Registro Oficial y -------------------cumplido. âARCHÃVESE.---------------------------------------------------------- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS DIECIOCHO DÃAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÃO DOS MIL DIEZ.-------------------------------------------------------------- COMUNICACIÃN Nº 55/2010 4994/D/2010 TESTIMONIO El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA ArtÃculo 1º. âApruébese el préstamo reintegrable, en los términos de la ---------------------Ordenanza Nº 1.371/2006 del Programa Social de Préstamo Reintegrable para Conexión de Obra Gas Natural (PROSOGA), a los siguientes beneficiarios: 01.-LÃPEZ, Mario Ãngel ArtÃculo 2º. âEn todos los casos y no existiendo objeción de la SecretarÃa Técnica ------------------Municipal, se otorgará el préstamo reintegrable por el monto del presupuesto menor.---------------------------------------------------------------------------------- ArtÃculo 3º. âComunÃquese al Departamento Ejecutivo, dese al Registro Oficial y ------------------cumplido. âARCHÃVESE.----------------------------------------------------------- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS DIECIOCHO DÃAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÃO DOS MIL DIEZ.-------------------------------------------------------------- |
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