Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano |
ORDENANZA N°: 1.853/2010EXPEDIENTE N°: 4861/UCR/2010TESTIMONIO El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA ArtÃculo 1º. âInstálense âBasurinesâ para la contención de residuos comerciales ------------------domiciliarios en todos los supermercados, mercados, despensas, fruterÃas, confiterÃas y restaurantes que aún no dispongan del mismo.------------------ ArtÃculo 2º. âLa instalación de los basurines deberá realizarse dentro del plazo de ------------------ocho (8) meses (240 dÃas).-------------------------------------------------------- ArtÃculo 3º. âEl âBasurÃnâ responderá a las siguientes caracterÃsticas: tendrá una -------------------altura a la base de la caja no superior ni inferior al 1,50 m., construido su pie en caño galvanizado; 1 ½ biselado; hierro reticulado o en material que asegure su parte inferior 0,25 x 0,35 m. y en su parte superior 0,35 x 0,50 m. y una altura de entre 0,15 y 0,20 m. Su construcción podrá ser de âChapa perforadaâ Nº 16; âmetal desplegadoâ ó de materiales similares, cuyos orificios no tengan más 0,008 m. de diámetro o lado, si la sección de los mismos fuese cuadrada, para evitar el accionar de los animales con sus uñas y dientes. Se aconseja su empotramiento en el piso a una profundidad no menor de 0,40 m. , como asà el refuerzo que se considere óptimo para su mayor durabilidad.------------- ArtÃculo 4º. âSerá colocado aproximadamente a 0,70 m. De la cara externa del -------------------cordón de pavimento, sin interferir con ingresos a comercios o viviendas e invadir la lÃnea de arbolado.--------------------------------------------------------- ArtÃculo 5º. âEl Municipio, a través de la SecretarÃa Técnica, tendrá facultad de -------------------verificar su correcta instalación y podrá, en caso de no corresponder a lo indicado por la presente Ordenanza, determinar su retiro en un plazo de 10 (diez) dÃas posteriores a la notificación del comerciante responsable.------------------- ArtÃculo 6º. âEl comerciante frentista será responsable directo del mantenimiento -------------------del âbasurÃnâ y de su higiene, además de proceder a su reposición en caso de rotura, extrayendo la base para que la misma no constituya un peligro para los peatones.------------------------------------------------------------------------------------- ArtÃculo 7º. âComunÃquese al Departamento Ejecutivo, dese al Registro Oficial y -------------------cumplido. âARCHÃVESE.---------------------------------------------------------- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS DOS DÃAS DEL MES DE JUNIO DEL AÃO DOS MIL DIEZ.--------------------------------------------------------------------------- |
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