Logo Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano

Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano


ORDENANZA N°: 1.853/2010

EXPEDIENTE N°: 4861/UCR/2010


TESTIMONIO

El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º. –Instálense “Basurines” para la contención de residuos comerciales ------------------domiciliarios en todos los supermercados, mercados, despensas, fruterías, confiterías y restaurantes que aún no dispongan del mismo.------------------

Artículo 2º. –La instalación de los basurines deberá realizarse dentro del plazo de ------------------ocho (8) meses (240 días).--------------------------------------------------------

Artículo 3º. –El “Basurín” responderá a las siguientes características: tendrá una -------------------altura a la base de la caja no superior ni inferior al 1,50 m., construido su pie en caño galvanizado; 1 ½ biselado; hierro reticulado o en material que asegure su parte inferior 0,25 x 0,35 m. y en su parte superior 0,35 x 0,50 m. y una altura de entre 0,15 y 0,20 m. Su construcción podrá ser de “Chapa perforada” Nº 16; “metal desplegado” ó de materiales similares, cuyos orificios no tengan más 0,008 m. de diámetro o lado, si la sección de los mismos fuese cuadrada, para evitar el accionar de los animales con sus uñas y dientes. Se aconseja su empotramiento en el piso a una profundidad no menor de 0,40 m. , como así el refuerzo que se considere óptimo para su mayor durabilidad.-------------

Artículo 4º. –Será colocado aproximadamente a 0,70 m. De la cara externa del -------------------cordón de pavimento, sin interferir con ingresos a comercios o viviendas e invadir la línea de arbolado.---------------------------------------------------------

Artículo 5º. –El Municipio, a través de la Secretaría Técnica, tendrá facultad de -------------------verificar su correcta instalación y podrá, en caso de no corresponder a lo indicado por la presente Ordenanza, determinar su retiro en un plazo de 10 (diez) días posteriores a la notificación del comerciante responsable.-------------------

Artículo 6º. –El comerciante frentista será responsable directo del mantenimiento -------------------del “basurín” y de su higiene, además de proceder a su reposición en caso de rotura, extrayendo la base para que la misma no constituya un peligro para los peatones.-------------------------------------------------------------------------------------

Artículo 7º. –Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dese al Registro Oficial y -------------------cumplido. –ARCHÍVESE.----------------------------------------------------------

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS DOS DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.--------------------------------------------------------------------------- 


Imprimir Ordenanza


Tel-fax: +54 (2983) 470000 / 001 | E-mail: [email protected]
Av. San Martín 439 1° piso| San Cayetano (7521) - Pcia. de Buenos Aires - Argentina


Impreso desde el sitio: http://www.hcdsancayetano.gob.ar/imprimir.php?id=2340