Logo Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano

Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano


ORDENANZA N°: 1.830/2010

EXPEDIENTE N°: 4832/D/2010


TESTIMONIO

El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona el siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º. –Deróguese en todos sus términos la Ordenanza Nº 1.746/2010.-------

Artículo 2º. –Manténgase la plena eficacia de la norma derogada en relación a -------------------todos los actos y habilitaciones formalizados durante su vigencia.----

Artículo 3º. –Modifíquese el Inciso a) del Artículo 6º de la Ordenanza 607/1994, el -------------------cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 6º…a) Automotor tipo sedan cuatro puertas, hatchback, rural, camioneta doble cabina o similar, con capacidad para transportar, como mínimo, cuatro personas incluido el chofer, con una antigüedad máxima de diez (10) años, para la circulación interurbana, y quince (15) años para aquellos que circulen sólo dentro del Partido de San Cayetano, todos con la Verificación Técnica Vehicular vigente”.----------------

Artículo 4º. –Modifíquese el Inciso g) del Artículo 8º, el cual quedará redactado de -------------------la siguiente forma: “Artículo 8º…g) Las unidades de servicios no deberán exceder los diez (10) años de antigüedad para la circulación interurbana (según surge de la Ley Provincial 13.927/009 y Ley Nacional 24.449), y los quince (15) años de antigüedad para aquellos que circulen dentro del Partido de San Cayetano”.-----------------------------------------------------------------------------------------------

Artículo 5º. –Agréguese como Inciso d) del Artículo 7º de la Ordenanza 607/1994, ------------------el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 7º…d) Chóferes no propietarios del vehículo deberán poseer Cédula de Identificación para autorizado a conducir”.-------------------------------------------------------------------------

Artículo 6º. –Agréguese como Inciso e) del Artículo 7º de la Ordenanza 607/1994, ------------------el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 7º…Presentar certificado de antecedentes expedido por ante Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires”.---------------------------------------------------

Artículo 7º. –Agréguese como Inciso f) del Artículo 7º de la Ordenanza 607/1994, ------------------el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 7º…f) Presentar título de propiedad automotor y Cédula de Identificación vehicular a nombre del solicitante que pretende habilitar”.-------------------------------------------------

Artículo 8º. –Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dese al Registro Oficial y -------------------cumplido. –ARCHÍVESE.----------------------------------------------------------

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, EL DÍA VEINTIUNO DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.--------------------------------------------------------------------------- 


Imprimir Ordenanza


Tel-fax: +54 (2983) 470000 / 001 | E-mail: [email protected]
Av. San Martín 439 1° piso| San Cayetano (7521) - Pcia. de Buenos Aires - Argentina


Impreso desde el sitio: http://www.hcdsancayetano.gob.ar/imprimir.php?id=2326