Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano |
ORDENANZA N°: 1.830/2010EXPEDIENTE N°: 4832/D/2010TESTIMONIO El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona el siguiente: ORDENANZA ArtÃculo 1º. âDeróguese en todos sus términos la Ordenanza Nº 1.746/2010.------- ArtÃculo 2º. âManténgase la plena eficacia de la norma derogada en relación a -------------------todos los actos y habilitaciones formalizados durante su vigencia.---- ArtÃculo 3º. âModifÃquese el Inciso a) del ArtÃculo 6º de la Ordenanza 607/1994, el -------------------cual quedará redactado de la siguiente manera: âArtÃculo 6ºâ¦a) Automotor tipo sedan cuatro puertas, hatchback, rural, camioneta doble cabina o similar, con capacidad para transportar, como mÃnimo, cuatro personas incluido el chofer, con una antigüedad máxima de diez (10) años, para la circulación interurbana, y quince (15) años para aquellos que circulen sólo dentro del Partido de San Cayetano, todos con la Verificación Técnica Vehicular vigenteâ.---------------- ArtÃculo 4º. âModifÃquese el Inciso g) del ArtÃculo 8º, el cual quedará redactado de -------------------la siguiente forma: âArtÃculo 8ºâ¦g) Las unidades de servicios no deberán exceder los diez (10) años de antigüedad para la circulación interurbana (según surge de la Ley Provincial 13.927/009 y Ley Nacional 24.449), y los quince (15) años de antigüedad para aquellos que circulen dentro del Partido de San Cayetanoâ.----------------------------------------------------------------------------------------------- ArtÃculo 5º. âAgréguese como Inciso d) del ArtÃculo 7º de la Ordenanza 607/1994, ------------------el cual quedará redactado de la siguiente manera: âArtÃculo 7ºâ¦d) Chóferes no propietarios del vehÃculo deberán poseer Cédula de Identificación para autorizado a conducirâ.------------------------------------------------------------------------- ArtÃculo 6º. âAgréguese como Inciso e) del ArtÃculo 7º de la Ordenanza 607/1994, ------------------el cual quedará redactado de la siguiente manera: âArtÃculo 7ºâ¦Presentar certificado de antecedentes expedido por ante Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Airesâ.--------------------------------------------------- ArtÃculo 7º. âAgréguese como Inciso f) del ArtÃculo 7º de la Ordenanza 607/1994, ------------------el cual quedará redactado de la siguiente manera: âArtÃculo 7ºâ¦f) Presentar tÃtulo de propiedad automotor y Cédula de Identificación vehicular a nombre del solicitante que pretende habilitarâ.------------------------------------------------- ArtÃculo 8º. âComunÃquese al Departamento Ejecutivo, dese al Registro Oficial y -------------------cumplido. âARCHÃVESE.---------------------------------------------------------- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, EL DÃA VEINTIUNO DEL MES DE ABRIL DEL AÃO DOS MIL DIEZ.--------------------------------------------------------------------------- |
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