Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano |
ORDENANZA N°: 1.772/2009EXPEDIENTE N°: 4743/FPV/2009TESTIMONIO VISTO: La necesidad de una especial protección a las personas con necesidades especiales, y: CONSIDERANDO: Que se deben arbitrar todo tipo de medios para hacer más fácil el acceso a trámites a aquellas personas que por su situación personal, temporaria o permanente, tienen necesidades especiales. Que una forma de protección es otorgando prioridad en la atención a las personas que no es conveniente o posible que estén mucho o mediano tiempo esperando ser atendidas. Que es facultad de este Cuerpo velar por la salud y el bienestar de la población. POR TODO ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA ArtÃculo 1º. Establécese prioridad de atención, en todas las Oficinas de atención al público, dependientes de la Municipalidad de San Cayetano, a las siguientes personas: Mujeres Embarazadas, Adultos Mayores de Setenta Años, Discapacitados Motrices. ArtÃculo 2º. En todas las Oficinas de atención al público dependiente de esta Municipalidad deberá exhibirse un cartel de 20 cm por 30 cm con la siguiente inscripción: âPRIORIDAD DE ATENCIÃN: MUJERES EMBARAZADAS, ADULTOS MAYORES DE 70 AÃOS Y DISCAPACITADOS MOTRICESâ, asà como el número de Ordenanza que asà lo obligue. ArtÃculo 3º. El Visto y los Considerandos forman parte de la presente Ordenanza. ArtÃculo 4º. ComunÃquese al Departamento Ejecutivo, dese al Registro Oficial y cumplido. ARCHÃVESE. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS CUATRO DÃAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÃO DOS MIL NUEVE. |
Tel-fax: +54 (2983) 470000 / 001 | E-mail:
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