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Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano


ORDENANZA N°: 1.733/2009

EXPEDIENTE N°: 4677/D/2009


TESTIMONIO
El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º. Apruébese el préstamo reintegrable, en los términos de la
Ordenanza Nº 1.371/2006 del Programa Social de Préstamo Reintegrable para Conexión de Obra Gas Natural (PROSOGA), al siguiente beneficiario, y de acuerdo al expediente que como Anexo I forma parte de la presente:

01. ZAPATA, Laura E.

Artículo 2º. En todos los casos, y no existiendo objeción de la Secretaría Técnica
Municipal, se otorgará el préstamo reintegrable por el monto del presupuesto menor.

Artículo 3º. Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dese al Registro Oficial y
cumplido. ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL NUEVE. 
(La presente Ordenanza incluye Anexo)

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Tel-fax: +54 (2983) 470000 / 001 | E-mail: [email protected]
Av. San Martín 439 1° piso| San Cayetano (7521) - Pcia. de Buenos Aires - Argentina


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