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Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano


ORDENANZA N°: 1.582/2008

EXPEDIENTE N°: 4322/UCR/2008


TESTIMONIO

El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º. –Modifíquese la Ordenanza Nº 1.268/2005, en sus Artículos 1º, 2º y
3º, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera:

“Artículo 1º: Créase la “Comisión Evaluadora de Licitaciones” sobre bienes ubicados en el Balneario San Cayetano. La misma actuará durante todo el período licitatorio en el estudio de los proyectos presentados, evaluando las ofertas presentadas (montos, formas de pago y demás condiciones), analizando la capacidad económica de los oferentes (garantías y recursos financieros), su resolución será vinculante para el Departamento Ejecutivo. Esta Comisión continuará actuando una vez adjudicada la concesión fiscalizando el cumplimiento del contrato y la prestación de servicios.”

“Artículo 2º: La “Comisión Evaluadora de Licitaciones” estará integrada por representantes del Departamento Ejecutivo con injerencia en la licitación de bienes ubicados en el Balneario San Cayetano; ellos serán: Secretario Técnico, Secretario de Hacienda, Asesor Legal, Director del Balneario de San Cayetano, Director de Producción y Turismo, un miembro de cada Bloque integrante del H.C.D. y un integrante de la Asociación de Fomento del Balneario de San Cayetano.”

“Artículo 3º: Las resoluciones de la mencionada Comisión se adoptarán por simple mayoría de votos. La misma funcionará válidamente con la mitad más uno de sus miembros, y será presidida por el Secretario Técnico, quien tendrá doble voto en caso de empate.”

Artículo 2º. –Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial y
cumplido. –ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL OCHO. 
4333/FPV/2008
TESIMONIO

VISTO:
La conmemoración de los caídos en la contienda bélica por la recuperación de las Islas Malvinas e Islas del Atlántico Sur, y:

CONSIDERANDO:
Que año tras año nos reunimos a fin de rendir el justo homenaje a todos aquellos que ofrendaron su vida en la lucha por ese territorio tan querido que nos fuera arrebatado sin derecho.
Que en dicho homenaje también incluimos a los hijos de nuestro querido pueblo que habiendo ido como soldados a defender esa parte de nuestra Patria, gracias a Dios regresaron con vida.
Que es importante tener un lugar físico que los recuerde.

POR TODO ELLO:
El Honorable C oncejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º. –Constrúyase sobre el espacio verde de la Plaza América, cercano al
Mástil de la Bandera Bonaerense, un pedestal de material natural inalterable de 40 cm. por 50 cm., y una altura de un metro, sobre el que se asentará una placa de granito con la inscripción: “A nuestros héroes de Malvinas. San Cayetano. 1982 – 2009”.

Artículo 2º. –El descubrimiento de la Placa a que hace referencia el Artículo 1º se
realizará el día 2 de Abril de 2009, en ocasión del correspondiente Acto Central Conmemorativo.

Artículo 3º. –Autorícese el gasto que demande el cumplimiento del presente.

Artículo 4º. –Envíese copia de la presente a los ciudadanos sancayetanenses que
lucharon en la mencionada Contienda Bélica y a sus familiares directos.

Artículo 5º. –El Visto y los Considerandos forman parte de la presente
Ordenanza.

Artículo 6º. –Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial y
cumplido. –ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL OCHO.

ORDENANZA Nº 1.617/2008


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