Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano |
ORDENANZA N°: 1.383/2006EXPEDIENTE N°: 3975/D/2006TESTIMONIO El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA ArtÃculo 1º. âExÃmese del pago de las cuotas correspondientes al corriente año a todos aquellos adjudicatarios de viviendas construidas a través de las diferentes operatorias emanadas de este Municipio, que reúnan las condiciones establecidas en el ArtÃculo 2º de la presente Ordenanza. ArtÃculo 2º. âSe establecen las siguientes condiciones: e) Ser titular de adjudicación de una vivienda social cuyo cobro corresponda al Municipio. f) Residir efectivamente en la vivienda de la cual es adjudicatario. g) Poseer un amplio informe socio-ambiental realizado por la Dirección de Acción Social Municipal donde conste: * Grupo conviviente. * Situación habitacional. * Ingresos del grupo conviviente en dicha vivienda social, tengan o no lazos matrimoniales y/o familiares. * Propiedad o posesión de otros bienes tales como automóviles u otros. (Informe del Registro del Automotor y del Registro de la Propiedad Inmueble) * Existencia de discapacidades en el grupo conviviente. * Estado de salud de los integrantes del grupo conviviente. * Conclusión general de dicho informe en el que se evalúe sobre la posibilidad o no del pago de las cuotas. ArtÃculo 3º. âPara acogerse al beneficio previsto en esta Ordenanza, los adjudicatarios deberán inscribirse en un registro de postulantes, que se habilitará en la Municipalidad en los plazos y formas que el Departamento Ejecutivo determine en la reglamentación. ArtÃculo 4º. âEl listado y el informe socio-ambiental expedido por la Oficina de Acción Social en todos los casos deberá ser elevado al Honorable Concejo Deliberante para su aprobación. ArtÃculo 5º. âComunÃquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial y cumplido. âARCHÃVESE. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS CUATRO DÃAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÃO DOS MIL SEIS. |
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