Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano |
ORDENANZA N°: 1.237/2004EXPEDIENTE N°: 3538/PJ/2004TESTIMONIO El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA ArtÃculo 1º. âLos titulares de dominio de inmuebles baldÃos en el Balneario San Cayetano, deberán en el plazo de 60 dÃas de aprobada la presente, presentar Plano de Obra suscripto por profesional competente ante la SecretarÃa Técnica Municipal. ArtÃculo 2º. âPresentado el Plano a que hace referencia el ArtÃculo 1º, los titulares de dominio deberán, en el plazo de seis meses, presentar certificación de inicio de Obra, y cada seis meses sucesivamente, certificación de avance de obra. ArtÃculo 3º. âLos avances de Obra certificados por SecretarÃa Técnica Municipal dejarán debida constancia de la misma, la que no podrá exceder desde su inicio hasta su culminación del plazo de dos (2) años. ArtÃculo 4º. âEn base a las facultades otorgadas por la Ley Orgánica Municipal, el Departamento Ejecutivo impondrá las siguientes multas a quienes no cumplan con lo dispuesto en los artÃculos precedentes: a) Multa de $300.- por la no presentación de Plano de Obra e inicio de la misma.- b) Multa de $300.- por no cumplimentar con el avance semestral.- c) Multa de $300.- por no conclusión de la obra en el plazo ordenado.- ArtÃculo 5º. âQuedan exceptuados de lo dispuesto en la presente, los propietarios de lotes que tienen construido y tienen además un lote lindero sin construir parquizado como extensión de su terreno construido. ArtÃculo 6º. âLa Municipalidad no autorizará cesión ni transferencia alguna de lote de terreno cuando el titular de dominio tenga pendiente de pago monto derivado de las multas establecidas en la presente. ArtÃculo 7º. âNotifÃquese la presente Ordenanza a todos los titulares de dominio de lotes en el Balneario San Cayetano. ArtÃculo 8º. âComunÃquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial y cumplido. âARCHÃVESE. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS VEINTIOCHO DÃAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÃO DOS MIL CUATRO. |
Tel-fax: +54 (2983) 470000 / 001 | E-mail:
[email protected]
Impreso desde el sitio: http://www.hcdsancayetano.gob.ar/imprimir.php?id=1514 |