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Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano


ORDENANZA N°: 1163/2003

EXPEDIENTE N°: 3355/PJ/2003


TESTIMONIO


VISTO:
La necesidad de proteger al Cauquén Colorado que es un ave migratoria que habita en Argentina, Chile y que en la actualidad se halla en peligro de extinción y que es una ave migratoria que llega a San Cayetano en abril y se queda hasta Agosto, y:

CONSIDERANDO:
Que la Provincia de Buenos Aires, lo declaró Monumento Natural a través de la Ley 12.250, categoría máxima de protección para una especie.
Que en el Partido de San Cayetano hay una Reserva Natural creada por Ley Provincial, la 12.743.
Que dicha ave se cría en el norte de Tierra del Fuego y sur de la Patagonia continental chilena y Argentina.
Que a mediados de abril comienza la migración hacia el norte, arribando a la zona de invernada que es el sudeste de la provincia de Buenos Aires.
Que la población del Cauquén Colorado se ha reducido drásticamente y hoy en día no superaría los 400 individuos.
Que el Cauquén Colorado forma parte de nuestra vida silvestre y del paisaje rural, y que no debemos dejar que una especie desaparezca.
Que uno de los objetivos de la presente es proteger a la especie frente a la caza y la persecución por parte de los productores rurales, mediante un efectivo control en todo el rango de distribución invernal en la Provincia de Buenos Aires.
Que debemos enfocar los esfuerzos de conservación en aquellas zonas donde se han registrado grandes números de la especie, implementando acuerdos con los propietarios de las tierras.
Que anualmente son muchos los biólogos que visitan nuestra localidad para seguir estudiando al Cauquén Colorado.

POR TODO ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º. –Declárase al Partido de San Cayetano como “EL ÚLTIMO REFUGIO
DEL CAUQUÉN COLORADO”.

Artículo 2º. –Los vistos y considerandos forman parte de la presente.

Artículo 3º. –Envíase copia de la presente a la Dirección Provincial de Recursos
Naturales dependiente del Ministerio de Asuntos y Producción de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 4º. –Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial y
cumplido. –ARCHÍVESE.

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES. 


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Tel-fax: +54 (2983) 470000 / 001 | E-mail: [email protected]
Av. San Martín 439 1° piso| San Cayetano (7521) - Pcia. de Buenos Aires - Argentina


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