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Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano


ORDENANZA N°: 1091/2002

EXPEDIENTE N°: 2948/UCR/2002


TESTIMONIO

El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: -Modifíquese la Ordenanza Nº 907/99, la que quedará redactada la
siguiente manera: “Artículo 1º: Autorizase al Honorable Concejo Deliberante a organizar el concurso estudiantil denominado: “Los Estudiantes, El Concejo Deliberante y la Democracia”, el que estará regido por las siguientes Bases:

PRIMERA: Podrán participar de este Concurso los alumnos del último año secundario y/o del sistema polimodal, según corresponda, de todos los establecimientos, sean públicos o privados, del Partido de San Cayetano.-

SEGUNDA: El curso que desee participar nombrará dos (2) Concejales Estudiantiles Titulares, dos (2) Concejales Suplentes y un Representante de Prensa Titular y su suplente.-

TERCERA: Los informes y declaraciones a la Prensa serán realizados exclusivamente por los Representantes de Prensa.

CUARTA: Un profesor oficiará de asesor de cada Bloque.

QUINTA: Cada Bloque estudiantil deberá tener una denominación que no deberá coincidir con el nombre de ningún partido político existente.

SEXTA: Cada Bloque Estudiantil, deberá presentar como mínimo, un Proyecto de Resolución , uno de Ordenanza y tres Proyectos de Comunicación ( Uno dirigido al Departamento Ejecutivo, otro nivel Provincial y otro a nivel Nacional).

SÉPTIMA: Los Bloques estudiantiles deberán anotarse en la secretaría del Honorable Concejo Deliberante durante la primera quincena de Mayo de cada año, a cuyo efecto presentará por escrito: a) nombre del Bloque, b) nombres y apellidos completos de cada uno de los integrantes titulares y suplentes, como así también del profesor asesor, y c) Curso y establecimiento Educativo al que representan.

OCTAVA: Con la inscripción se le entregará a cada Bloque una copia de la Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante. Cada Bloque podrá solicitar información en la Secretaría del Cuerpo y/o a cada uno de los Bloques de Concejales existentes.-

NOVENA: Cada Bloque estudiantil presentará sus proyectos en la Secretaría del Concejo, a partir de la segunda quincena de junio, los que necesariamente deberán tener despacho a fin del mes de julio. El período de sesiones ordinarias abrirá el primer día hábil del mes de Agosto y cerrará el 30 de Septiembre de cada año.-

DÉCIMA: Un jurado tendrá a su cargo la observación, análisis y evaluación de los Proyectos, forma de expresión y actuación de los ediles estudiantiles en las Sesiones, en las reuniones de Comisión y en sus manifestaciones a la Prensa. El Jurado estará integrado por los miembros del Honorable Concejo Deliberante.

DÉCIMO PRIMERA: Los ediles estudiantiles elegirán a las autoridades del Cuerpo, y serán asistidos por el Honorable Concejo Deliberante y el personal administrativo. En la primera sesión determinarán día y hora de las sesiones y de las reuniones de comisión.

DÉCIMO SEGUNDA: El jurado deberá hacerse presente en todas las reuniones, con al menos un 50% de sus miembros. Le corresponde la calificación final de cada Bloque ,que deberá efectuar en una escala de cero (0) a diez (10), atendiendo como mínimo a los siguientes ítem: a) Presentación y redacción de proyectos, b) Participación en las diferentes comisiones c)Desempeño en las sesiones, en lo referente a argumentación, defensa y/o críticas de Proyectos, d)Conducta y e) asistencia.

DÉCIMO TERCERA: El Jurado tendrá facultades para cambiar el cronograma, si fuera necesario.

DÉCIMO CUARTA: Durante las reuniones de Comisión y las Sesiones, los miembros del Honorable Concejo Deliberante podrán asistir para asesorar y prestar todo tipo de apoyo, para la conformación final y debate de los proyectos.

DÉCIMO QUINTA: Los Bloques Estudiantiles que obtuvieran el mayor puntaje en primer y segundo término, recibirán un diploma, en el que conste el texto de un Decreto declarando de interés municipal la tarea desarrollada y mencionando los Proyectos presentados. El Bloque que obtenga el tercer puntaje recibirá un diploma donde conste una mención especial por la labor desempeñada.- Los diplomas serán entregados a cada uno de los miembros de los Bloques estudiantiles ganadores y a cada una de las Instituciones Educativas que representan.-

CLÁUSULA TRANSITORIA: Para el período 2002, la inscripción se realizará entre el 5 y el 20 de Agosto. (Corresponde al Artículo 1º, cláusula Séptima).
Para este período, los proyectos se presentarán en la primera quincena del mes de Septiembre, y el período ordinario comenzará el 15 de Septiembre y culminará el 15 de Octubre (Corresponde al Artículo 1º, cláusula Novena).

Artículo 2º: -Envíese copia de la presente a los establecimientos educativos de
nivel medio.

Artículo 3º: –Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial y
cumplido. –ARCHÍVESE.

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DOS. 


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