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Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano


ORDENANZA N°: 1055/2001

EXPEDIENTE N°: 1561/UCR/1997


TESTIMONIO

El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º. –Desígnense las calles del Balneario San Cayetano con numeración
correlativa adoptando las mismas la denominación numérica que se establece en el plano anexo que forma parte de la presente Ordenanza.

Artículo 2º. –Solicítese al Poder Ejecutivo proceda a la señalización de las calles
con su nueva denominación.

Artículo 3º. –Solicítese al Poder Ejecutivo disponga la debida publicidad de la
presente Ordenanza.

Artículo 4º. –Solicítese al Poder Ejecutivo comunique la nueva disposición al
Correo Argentino, Policía, Asociación de Fomento del Balneario San Cayetano, entidades educativas del Partido y demás entidades oficiales que correspondiere.

Artículo 5º. –Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dese al Registro Oficial y
cumplido. –ARCHÍVESE.

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS VEINTIÚN DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE. 


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Tel-fax: +54 (2983) 470000 / 001 | E-mail: [email protected]
Av. San Martín 439 1° piso| San Cayetano (7521) - Pcia. de Buenos Aires - Argentina


Impreso desde el sitio: http://www.hcdsancayetano.gob.ar/imprimir.php?id=1319