Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano |
ORDENANZA N°: 912/1999EXPEDIENTE N°: 2028/D/1999TESTIMONIO El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA ArtÃculo 1º. âDeróguese el texto del ArtÃculo 42º de la Ordenanza Fiscal e Impositiva, Parte General, el que quedará redactado de la siguiente forma: âArtÃculo 42º. âEl Departamento Ejecutivo podrá conceder a los Contribuyentes y otros responsables, facilidades para el pago de gravámenes adeudados y sus correspondientes recargos, por un plazo no mayor a cuarenta y ocho (48) meses, de acuerdo a las normas que al respecto dicte el Departamento Ejecutivo.â ArtÃculo 2º. -ComunÃquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial y cumplido.-ARCHÃVESE. DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS DIECIOCHO DÃAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE. |
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